Buenos Aires, 31 de marzo 2011
VISTO: la Ley Nº 3461 (BOCBA Nº 3452), y las Resoluciones N° 393-AGIP/2010 (BOCBA Nº 3463) y Nº 2821-DGR/10 (BOCBA Nº 3475), y
CONSIDERANDO:
Que inconvenientes técnicos han impedido el normal desarrollo del proceso de emisión de las boletas de pago cuyo vencimiento operó el día 10/03/2011 correspondiente al régimen de plan de facilidades de pago regulado por la Ley 3461 y normas complementarias.
Que como consecuencia de ello se ha dificultado el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes que intentan cancelar dichos pagos;
Que es propósito de esta Administración mantener una fluida relación con sus contribuyentes que permita a ambos cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones.
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el articulo 21 de la Resolución N° 393-AGIP/2010,
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE
Artículo 1º.- Considérese abonada en término la cuota correspondiente al Plan de Facilidades de Pago establecido por la Ley N° 3461 y normas complementarias, cuyo vencimiento operó el día 10 de Marzo de 2011, hasta el día 11 de Abril de 2011.
Artículo 2º.- Si la fecha fijada en el Artículo 1° resultara día no laborable para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o entidades bancarias, el pago se podrá realizar hasta el primer día hábil siguiente.
Artículo 3º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Subdirección General de Sistemas dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a las Subdirecciones Generales y demás áreas dependientes de esta Dirección General para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.